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Registro
Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida (RMDVP) |
| 6.- Documentación a presentar DOCUMENTACIÓN
A PRESENTAR
EN EL MOMENTO DE LA ADJUDICACIÓN
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Copia del libro de familia. 2) NECESIDAD DE VIVIENDA Como regla general, la normativa establece que tienen necesidad de vivienda quienes no tienen ninguna vivienda. Para demostrarlo, hay que presentar certificado de la Gerencia Geográfica del Catastro y Nota de Consulta al Índice General de Titularidades de los Registros de la Propiedad.
¿Qué es un certificado catastral y para qué sirve? Se trata de un documento oficial acreditativo de los datos que aparecen recogidos en la base de datos del Catastro y que es emitido, previa solicitud del interesado, por la Gerencia Territorial del Catastro y en el que se describen los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales. ¿Cómo solicitarlo? Las certificaciones
se solicitan Horario de atención
al público de 9 a 17:30 de lunes a jueves, y de 9 a 14 h, los
viernes (julio y agosto de 8 a 15h) ¿Qué documentación tengo que presentar al solicitar un certificado? Un escrito donde se contengan los datos personales del solicitante, finalidad del certificado solicitado, compromiso de no utilizar los datos para otros fines y el tipo de certificado que se solicita. ¿Los certificados cuestan dinero? La expedición por la Dirección General del Catastro o por las Gerencias Territoriales de información catastral o cualesquiera otros documentos está sujeta al pago de la Tasa de Acreditación Catastral, salvo la Certificación Negativa de Bienes, que no devenga tasa. Tampoco se abonará tasa cuando el certificado se obtenga a través de la Oficina Virtual del Catastro.
No, sólo se entregará la información a un familiar cuando actúe como representante del titular, haya sido autorizado, la ley excluya la necesidad de consentimiento del titular o la información sea recabada en alguno de los supuestos de interés legítimo y directo previstos en la ley. ¿Es posible solicitar un certificado por teléfono? No. La solicitud de información debe formalizarse mediante escrito en el que consten los datos exigidos por la normativa aplicable.
Se solicita en cualquier Registro de la Propiedad. En Castro Urdiales se encuentra situado en C/ Venancio Bosco
Nº2 (Urbanización La Marinera) Mañanas:
de 09 a 14 h. Coste de la consulta: unos 10 €./persona. Por cada persona se expedirá un documento en el que aparecen los Registros en los que aparece inscrito como propietario de algún bien. En caso de no aparecer en ningún registro también ha de pagarse el importe indicado. La tramitación dura de 2 a 3 días. 3) INCAPACIDAD Justificación de disminución psíquica, física, incapacidad o enfermedad emitido por el organismo competente.
Documentación acreditativa de divorcio o separación, en su caso.
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