03/09/2025
¿Qué es?
La declaración responsable de primera ocupación es el documento que legitima a la persona interesada, bajo su exclusiva responsabilidad, para la ocupación del inmueble declarado, una vez finalizadas las obras para las que se otorgó licencia o, en su caso, se presentó declaración responsable de obras.
Deberá presentarse una vez ejecutadas las obras e instalaciones incluidas en la licencia de obras o, en su caso, manifestadas en la declaración responsables de obras, de manera previa a su ocupación y uso residencial.
En caso de que el fin del inmueble sea el desarrollo de una actividad, ésta no podrá ejercerse hasta que no se presente la correspondiente declaración responsable de actividad.
Una vez presentada la declaración responsable, los Servicios Técnicos municipales comprobarán la veracidad de los datos declarados, la suficiencia de la documentación presentada y el cumplimiento de la normativa urbanística, girando visita de inspección para su comprobación.
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Si como consecuencia de tal comprobación se constatase la falsedad, insuficiencia o incorrección de los datos, se declarará la ineficacia de la declaración responsable y se adoptarán las medidas que sean necesarias, que podrán incluir expedientes sancionadores, medidas correctoras u órdenes de suspensión de la actividad cuando ello fuera procedente conforme a lo previsto en la legislación vigente. La resolución de declaración de ineficacia conllevará la obligación de desocupar el inmueble, la comunicación a las entidades suministradoras a los efectos de corte de suministros y la notificación al Registro de la Propiedad a efectos de anulación de las escrituras que se hubieran otorgado amparadas en dicha declaración respectivamente.
¿Qué actuaciones se encuentran sometidas a declaración responsable de primera ocupación?
Son objeto de declaración responsable de primera ocupación:
• Los inmuebles objeto de obras de construcción e implantación de edificaciones e instalaciones de nueva planta y las de reconstrucción o sustitución de edificaciones existentes, siempre que cuenten con licencia de obras concedida con la incorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente autorizadas.
• Los inmuebles sometidos a obras que hayan requerido proyecto de acuerdo con la legislación en materia de edificación y resto de normativa vigente, siempre que cuenten con licencia de obras o declaración responsable con la incorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente autorizadas o declaradas.
¿Quién lo puede solicitar?
Los titulares de la licencia de obras otorgada para la construcción, modificación o rehabilitación del inmueble o, en su caso, quienes hubieran presentado la declaración responsable de obras.
Plazo de resolución:
No existe plazo de resolución al ser una declaración responsable que surte efectos desde el momento de su presentación junto con la documentación preceptiva.
Documentación mínima y obligatoria a presentar:
- Modelo de declaración responsable cumplimentado.
- En el supuesto de que se actúe mediante representante, deberá aportarse acreditación de la representación alegada por medio válido en Derecho (apud acta, poder notarial, etc.).
- Justificante de pago de la tasa fiscal correspondiente a la primera ocupación y, en su caso, de la diferencia de presupuesto de la tasa por obra e impuesto de construcciones, que deberán liquidarse previamente en los Servicios Económicos del Ayuntamiento.
- Certificado final de obra, suscrito por arquitecto y arquitecto técnico, y visado por el Colegio Profesional correspondiente, que acredite que las obras se encuentran terminadas, su destino es conforme a lo autorizado en la licencia o declaración responsabe con la incorporación, en scaso, de lasmodificaciones debidamente autorizadas o declaradas y al resto de la normativa de aplicación.
- Liquidación final del costo real y efectivo de la obra.
- Documento acreditativo de haber dado de alta lo construido en el censo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
- Fotografías en color de las fachadas exteriores.
- Planos definitivos de la urbanización, donde se reflejen fielmente todos los servicios realizados, así como las conexiones con los servicios generales. Esta documentación se presentará digitalizada en pdf y dwg.
- Acta de comprobación y puesta en marcha de los aparatos elevadores, expedida por el organismo competente.
- Autorización oficial sobre instalaciones de telecomunicaciones.
- Certificado de presión y estanqueidad de la tubería de agua potable.
- Informe y documento de la inspección por cámara de saneamiento, incluyendo vídeos.
- En caso de que la obra conlleve la carga de cesión de suelo a la Administración, escritura pública ORIGINAL del espacio de cesión municipal con coordenadas georreferenciadas en UTM, ETRS89 huso 30.
- Las autorizaciones o informes administrativos previos que, en su caso, sean exigibles (autorizaciones sectoriales, concesiones,….)
Legislación aplicable:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.
**Se advierte que esta página únicamente habilita para cumplimentar el formulario y para su impresión o descarga, debiendo posteriormente registrar el mismo bien en cualquiera de los lugares habilitados a tal fin previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 o a través de la sede electrónica en el siguiente
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